REPORTAJE | Como bien dice la RAE, la propiedad intelectual se basa en el “conjunto de derechos que corresponden a los autores y a otros titulares (artistas, productores, organismos de radiodifusión, etc.) respecto de las obras y prestaciones fruto de su creación”. Es, por tanto, que todos los profesionales dedicados a la información audiovisual, tanto los periodistas como los fotoperiodistas o fotógrafos gráficos, también cuentan con numerosos artículos y leyes que recogen la propiedad intelectual de todas sus obras. Sin embargo, con la llegada de Internet y de las nuevas tecnologías, no ha sido tan fácil que se conserven. Por lo tanto esta claro que los fotoperiodistas también cuentan con uno derechos que les protegen.
Los testimonios de dos fotógrafos gráficos, Aníbal Bueno y Sandra Zobel , ilustrarán como la propiedad intelectual y la forma de trabajar de los fotoperiodistas, se ha visto afectada a causa del avance de nuevas plataformas digitales como las redes sociales.

Aníbal Bueno, fotógrafo gráfico experto en documentar sociedades minoritarias, define su trabajo como una labor en la que, a través de las imágenes, se pueden contar historias. Sandra Zobel, fotógrafa gráfica, tiene claro que la principal función del fotoperiodista es saber cómo transmitir un mensaje concreto a través de la imagen.
¿Cuáles son los derechos que obtienen los fotoperiodistas?
La Ley de Propiedad Intelectual recoge dos tipos de protección a las imágenes. Para ello se tiene que tener en cuenta si se trata de una obra con contenido original o si se trata de una “mera fotografía”, que es cuando carece de originalidad. Por tanto, el debate esta en determinar la clasificación de las obras en estos dos tipos, ya que las “meras fotografías” tienen un grado de protección inferior al resto.
Mientras que las obras fotográficas, correspondientes a los fotoperiodistas, no pertenecen al dominio público hasta que no pasan los 70 años de la muerte de su autor, las “meras fotografías” pertenecerán al dominio público, transcurridos los 25 años de la muerte de su autor.
Debemos de tener en cuenta los derechos de autor y los derechos de imagen y de los datos personales de la persona que se fotografía, regulada en la Ley Orgánica 1/1982 de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen.
Por lo tanto, cuando se hace uso de imágenes sin el permiso del autor, se esta incurriendo en un atentado hacia los dos derechos, no solo al derecho de autor, ya que si las fotografías contienen personas, también esta siendo afectado el derecho a la imagen y protección de datos personales de dichos miembros.
¿Qué sucede con estos derechos cuando se publican estas obras fotográficas en las redes sociales?
Aunque el avance tecnológico a supuesto algunas ventajas para los fotógrafos gráficos, como la mayor resolución de las cámaras, el uso de los teléfonos móviles para captar las imágenes o sobre todo la gran difusión y distribución que se genera a través de las redes sociales o nuevos medios, siempre y cuando cumplan con la cesión de derechos por parte del autor.
En muchas ocasiones, esto se acaba convirtiendo en la mayor desventaja que afecta al sector del fotoperiodismo. Por ello, es de vital importancia proteger la propiedad intelectual, tanto el derecho de autor, como el derecho de los usuarios a acceder de forma gratuita al material que el fotoperiodista produce, ya que actualmente cada vez es más fácil tener en nuestras manos cualquier obra. Lo cierto es que han sido numerosos los casos en los que se ha podido ver una utilización indebida de las fotografías, que son subidas y difundidas por distintas organizaciones, empresas, entidades o usuarios, tanto en redes sociales como en los medios de comunicación, sin el permiso de los respectivos autores.
¿Realmente conocen los usuarios en redes sociales los derechos de obra de los autores?
El comportamiento de los usuarios en este tipo de plataformas comienza a evolucionar con el paso del tiempo. El uso de etiquetas hace que se pueda reflejar de una forma rápida y simple quien es el respectivo autor de dicha fotografía. Los usuarios son cada vez más conscientes de que las imágenes tienen derechos de obra. Sin embargo, ¿saben los fotógrafos que permisos están aceptando, cuando publican imágenes en redes sociales?
En el caso de Instagram, la red social que más usan los fotógrafos gráficos con los que hemos hablado, cuando estas publicando una imagen en esta red, a la vez estas otorgando la posibilidad a Instagram de la explotación de esas imágenes. Aunque, sí que existe una cláusula acerca de los derechos sobre las imágenes y en concreto al uso de todas esas en las que no somos autores de dichas fotografías. Por lo tanto, cuando aceptas las condiciones generales, confirmas que las imágenes que publicas no vulneran los derechos de autor de otros miembros.
¿Qué soluciones podrían plantearse para que no sucedan este tipo de problemas?
Para algunos la solución ideal es no usar las nuevas plataformas para mostrar sus obras y de esta forma evitar este tipo de problemas, sin embargo, lo ideal sería una contundente solución legal. Muchas veces parece algo justificable, por la libertad que se ofrece en Internet a la hora de acceder a estas obras, pero no lo es. Y es que una vez publicadas en Internet, es difícil poder controlar hasta donde pueden llegar. Cada vez es más sencillo poder plagiar esas imágenes e incluso apropiártelas, aunque también es cierto que con las nuevas herramientas que están surgiendo, es mucho más fácil saber quiénes son los que vulneran estos derechos.
Una forma de proteger las fotografías de este tipo de hechos, es la utilización de marcas de agua. Un mensaje superpuesto en la imagen y que suele identificar al fotógrafo. Suele servir para proteger los derechos de autor. Esta podría ser una de las ventajas de su uso, debido a que permite conocer de manera rápida y fácil quien es el autor de dicha imagen. Sin embargo, esto no evita que se hagan este tipo de infracciones, ya que también es sencillo poder eliminarlas cuando estas se encuentran en una esquina. Por ello, algunos fotógrafos deciden prescindir de las marcas de agua y de esta forma seguir la armonía estética, que normalmente el uso de ellas rompe.

Conclusiones
Lo cierto es que las redes sociales y la evolución de las nuevas tecnologías han supuesto un cambio en el núcleo informativo, afectando en gran medida al fotoperiodismo. En este caso, al gran porcentaje de infracciones que se comenten cuando se vulneran los derechos que pertenecen a los fotoperiodistas, para proteger sus obras.
A partir de ahora, los usuarios comienzan a saber que las imágenes en las redes sociales no son gratuitas y no pueden utilizarlas sin el permiso del autor. Por eso, muchos medios han creado herramientas para que los usuarios se las manden directamente cediendo así los derechos y pudiéndolas utilizar sin pagar por los derechos.






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